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lunes, 5 de abril de 2021

PERFIL HISTÓRICO DEL SUBOFICIAL EN LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA


«La historia es la maestra de la vida; en ella se reflejan todas las realizaciones del género humano y de las instituciones. Con la historia entendemos la evolución de la humanidad, y bebiendo de la fuente inagotable de sus experiencias evitamos incurrir en errores y podemos planificar el futuro».

Considero de vital importancia compartirles en el blog las reminiscencias que escribió para el año 2007 el entonces Coronel (RP) Rodrigo González Herrera, sobre el “Perfil histórico del suboficial de la Policía Nacional de Colombia”. el cual cita lo siguiente:

“…La Policía Nacional de Colombia es un cuerpo civil armado adscrito al Ministerio de Defensa con características muy particulares, cuya función esencial es la salvaguarda de la tranquilidad y seguridad ciudadana con base en las variables delincuenciales de momento.

El personal que compone dicho cuerpo lo integran hombres y mujeres; no uniformados y uniformados en los niveles de oficiales, suboficiales, nivel ejecutivo y agentes.

La historia policial que todos conocemos tuvo origen en el año de 1890, en virtud de la Ley 23 que dispuso la creación de un Cuerpo de Policía sustentado en normas jurídicas en cuanto a su esencia y finalidad, para hacer diferencia entre los funcionarios policiales y militares. Su gran promotor fue el Comisario Juan María Marcelino Gilibert, quien en 1891 y bajo los derroteros del Decreto 1000, organizó la Policía Nacional de Colombia. Sin embargo, la mencionada disposición, en su Artículo 2º, al señalar el personal que habría de integrar la naciente Institución, determina las jerarquías, de comisarios de tercera clase, oficiales auxiliares y agentes, pero no hace alusión taxativa a suboficiales. Deduzco, entonces, que el señor Gilibert la conformó sobre los lineamientos franceses y que los comisarios en alguna de sus categorías podrían asimilarse a la de suboficiales.

En los años 95 y en el 99 del siglo XIX se desencadenaron episodios graves de contiendas políticas y la Policía volvió a desintegrarse o distorsionarse. Durante el primer gobierno del doctor López Pumarejo se expide el Decreto 1715 de 1936, que en su Artículo 8º determina el escalafón de jefes, oficia- les y suboficiales y que los ascensos se producirán exclusivamente dentro del personal en servicio de conformidad con los requisitos que establecieran los reglamentos. Así mismo, dispuso que el Gobierno estableciera la escuela o escuelas de la Policía Nacional necesarias para atender a la formación de los oficiales, suboficiales y agentes, como también del perfeccionamiento del personal en servicio; al efecto y, como aspecto vital, dicta el Decreto 1277 de 1937 que crea la Escuela General Santander para la formación y perfeccionamiento del personal en referencia.

El término suboficial lo define el Diccionario de la Lengua Española como categoría militar, en la que se incluyen los grados correspondientes entre los de oficial y los de tropa. Categoría creada para atender al Servicio Administrativo de cada compañía o unidad equivalente y asumir de ordina- rio al mando militar de una sección o pelotón. Pero encuentro, también, que en el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas, se define como: «categoría militar comprendida entre el grado de oficial y las clases de tropa».

En la formación de la voz que expresa la suboficialidad, concede una completa equiparación con la de oficialidad; pero en un plano jerárquicamente subordinado, tácticamente inferior y económicamente menos remunerado.

La profesionalidad, el gran conocimiento de la vida militar (quizá más elevado en cuanto a la tropa en la suboficialidad, por la convivencia mayor con ella) y el espíritu de cuerpo igualan a los militares de la clase media y de la superior en la milicia. La institución del suboficial se realizó en España en 1912.

Desde luego, se percibe o infiere que estas definiciones corresponden al suboficial de ejércitos regulares. Y, si bien es cierto que en algunos aspectos es correlativa con la de suboficial de la Policía, como en lo relativo al mando, al instructor y a la categoría en la cual se incluyen los grados establecidos entre los de oficial y los de tropa, también es evidente que en muchos más es discordante, como en la formación profesional, en su carácter civilista, en sus funciones y en su finalidad.

Precisamente, quizá la Policía en algunas oportunidades del pasado tuvo muchos tropiezos en su desarrollo y consolidación, por lo que nuestros legisladores hacían una simbiosis de estas dos profesiones.

En efecto, la distinción de la Escuela Gonzalo Jiménez de Quesada, como Alma Máter de la suboficialidad policial, data de 1958, mediante Resolución No. 0995 del 19 de abril, acto administrativo en el que se clasifican los diferentes niveles de formación y capacitación para la Policía Nacional, pues una cosa es la formación básica para poder ejercer la profesión de agente de Policía y otra muy distinta, pero en todo caso complementaría, es la capacitación, entrenamiento y actualización como parte constitutiva del desarrollo profesional, de los mandos medios de la Institución, es decir de los suboficiales.

En el año de 1942, se dicta una disposición de mucha importancia como lo fue el Decreto 1360, el cual reglamentaba el escalafón de los oficiales y suboficiales de la Policía Nacional y determinaba el procedimiento para hacerlo y, lo más importante, el Artículo 36 establece que para ser suboficial y por tanto para figurar en el escalafón respectivo, es requisito indispensable el ingreso a la Institución como agente y ascender rigurosamente a cada grado dentro de las condiciones establecidas, o sea, la aprobación de los cursos de especialidad o de perfeccionamiento en la Escuela General Santander.

Corrían los primeros meses de 1958, el 5 de marzo y por la necesidad de tener mejores espacios para la formación, la escuela es trasladada a un lote ubicado en la calle 100 con autopista norte; se hace una nueva reestructuración de la Policía Nacional, se establece y reglamenta la carrera profesional de suboficiales de la Institución, mediante el Decreto 2.687 del 10 de marzo del 58. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en tal norma, la Dirección General de la Policía Nacional expide la Resolución 0995 del 19 de abril de 1958 y se le asigna a la Escuela Gonzalo Jiménez de Quesada la misión de formar y capacitar agentes de vigilancia para ascender al grado de cabos segundos, pensándose en el objetivo primordial de implementar la carrera del mando medio institucional, en el ejercicio de coman- dar unidades básicas de vigilancia y su posterior participación en el campo administrativo, logístico y docente, de acuerdo con los niveles académicos alcanzados en cada uno de sus grados, consecuente con la experiencia en el afianzamiento de la trayectoria institucional y del mismo proyecto de vida elegido.

El 26 de junio de 1959 en la Escuela de Suboficiales Gonzalo Jiménez de Quesada, se clausura el primer curso de suboficiales, se les imponen las jinetas de cabo segundo a 175 agentes; el proceso había sido iniciado por 220 policiales. En la parte académica de la Escuela, se desarrollan las facilidades para incrementar los mandos medios policiales; es por ello por lo que las instalaciones de la calle 100 con autopista norte, en muy poco tiempo cumplieron su ciclo. 

El mando policial, consciente de esta necesidad inicia gestiones y logra, a comienzos de 1970, concretar la adquisición de los predios de la hacienda San Benito, donde funcionó la Escuela Ricaurte, posteriormente Escuela Apostólica y Seminario Menor.

Estos predios se encuentran ubicados en el kilómetro 20 de la vía que de Bogotá conduce al Municipio de Sibaté. El 4 de enero de 1971, siendo presidente de la República el doctor Misael Pastrana Borrero, ministro de Defensa el señor Mayor General Hernando Currea Cubides, director nacional de la Policía Nacional el señor Mayor General Bernardo Camacho Leyva, el jefe de Departamento Docente el Coronel Héctor Pineda Gallo y el director de la Escuela Jiménez de Quesada el Teniente Coronel Víctor Alberto Delgado Mallarino, se da comienzo al traslado de las dependencias a su nueva sede, que culmina el 16 de marzo de ese mismo año y desde esa fecha el tricolor nacional, el verde blanco de la Policía Nacional y el verde blanco, azul y rojo de la Escuela Gonzalo Jiménez de Quesada, ondean permanentemente en el espacio de tranquilidad de las sabanas de Sibaté, municipio del departamento de Cundinamarca.

El 24 de febrero de 1975, dentro de la profesionalización y mejoramiento permanente del talento humano, la Dirección General de la Policía autoriza la incorporación directa de bachilleres para que ingresen al escalafón de suboficiales de la Policía Nacional; por lo que son seleccionados 140 jóvenes colombianos, quienes conforman la primera incorporación directa que lleva el nombre del insigne expedicionario y naturalista «Francisco José de Caldas», de los cuales egresaron 85 cabos segundos, el 1 de diciembre de 1975.

En 1979 la Escuela Gonzalo Jiménez de Quesada se honra al recibir el primer curso de agentes femeninas, durante la dirección del Mayor Henry García Bohórquez, momento histórico que da vida a la actividad laboral de la mujer en la Institución y que enmarca una consideración importante al haberse incorporado 33 alumnas bachilleres integrantes de la compañía Policarpa Salavarrieta «las polas», en honor a la heroína de la revolución criolla, de las cuales 31 recibieron las jinetas que las identificaron como cabos segundos.

En el año de 1980 se inician cursos especiales de formación femenina y así mismo se diseña un programa académico para la formación de los llamados «suboficiales de los servicios o profesionales». El Decreto 41 del 10 de enero de 1994 y el Decreto 132 del 13 de enero de 1995, que crean el Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, denominan al Instituto como «Escuela de Policía Gonzalo Jiménez de Quesada». 

En el año 1984, la Dirección General de la Policía Nacional, consciente de los problemas de orden y seguridad del país, mediante la Resolución 7174 organiza el Centro de Operaciones Especiales (COPES), acogido en las instalaciones de la Escuela, con la responsabilidad de incrementar la preparación técnica y física de unidades, a nivel nacional e internacional, para continuar la ardua e incansable lucha contra el secuestro, el narcotráfico, el narcoterrorismo y delincuencia organizada.

Para la institución Policía Nacional es consecuente observar la participación activa de la suboficialidad en la consolidación de los cimientos orgánicos a través de la historia. 

Al realizar una reflexión descriptiva del perfil histórico del suboficial como un solo cuerpo que integra al personal del Nivel Ejecutivo a partir del grado de subintendente, pretendo esbozar, a manera de puntuación, su desempeño profesional.

La jerarquía institucional está relacionada con la complejidad de comandar, dirigir y liderar al personal uniformado y no uniformado que integra la Institución; por consiguiente su desempeño se desarrolla en su ámbito, iniciándose con la designación como comandante de unidad básica de policía y proyectándose en la estructura organizacional en posiciones según su trayectoria, en los procesos de ejecución, control y supervisión; para dar fortaleza al cumplimiento y desarrollo de la política institucional, siendo en ciudades, municipios e inspecciones el representante institucional, y, en el orden administrativo, logístico y académico el eslabón ideal en los equipos de trabajo.

De hecho, el suboficial se considera esencial en la comunicación del nivel directivo y el operativo, porque cumple diariamente con el rol de supervisor. Realiza procesos de retroalimentación y aprendizaje continuo, afianza la doctrina y la ética profesional policial respecto a la eficiente, eficaz y oportuna actitud frente a la función que aquel demande del personal uniformado y no uniformado, como facilitador en la toma de decisiones conducentes a elevar la calidad de la función en la atención a la comunidad, también como vigilante de sus derechos y obligaciones.

Un antecesor, el señor Coronel Luis Javier Velásquez Abad, en su libro «Cuentos para reencuentros» obra publicada en el año 2005, evoca unas locuciones apropiadas a la ocasión, en palabras que me permito referenciar a continuación, como aporte al proyecto de vida elegido por este puñado de hombres y mujeres que conforman los mandos ejecutivos en nuestra Policía Nacional:

«Amigos de la cuadra, próximos colaboradores, oportunos servidores que generan realidades y sensaciones de seguridad en su recorrido, son los mandos medios de la Policía Nacional, quienes invitan a compartir en las calles, veredas y sitios de reunión tranquilidad y confianza.

Cabos segundos, conocedores de la comarca, los amigos del punto de encuentro, los encargados de la seguridad del sector; permiten que el ciudadano se sienta acompañado y capaz de ejercer sus actividades dentro de un clima de tranquilidad y posibilidades.

Cuando se encuentra a cabos primeros y subintendentes desarrollando acciones de Comando, se hacen patentes hombres y mujeres capaces de ejercer control sobre lo encomendado.

El ciudadano encuentra en los sargentos segundos e intendentes a servidores públicos capaces de enfrentar emergencias y dificultades a las que nunca se negarían por difíciles que puedan encontrar.

Fortaleza en las decisiones y definidos como los comandantes de la seguridad local, los sargentos viceprimeros e intendentes jefes, son los llamados a ser los Comandantes de nuestros municipios, integradores de sectores y buenos mediadores de conflictos, responden puntualmente por las problemáticas domésticas y las libertades individuales.

Destacado investigador, posicionador, son algunas de las características más importantes con las que se conoce a un mando, sargento primero, subcomisario, quien inspecciona y conjuga permanentemente los verbos hacer, crecer, respetar, corregir y disciplinar. Director acompañante del día a día, caracterizado como jefe capaz y escudero fiel de sus comandantes.

Sargentos mayores y comisarios, guardianes y defensores de la bandera, símbolo de lealtad, virtud y poder adquirido por la experiencia.

Hombres y mujeres que ejercen el mando en función del pueblo, signados para comandar la defensa territorial, administrar bienes y constituir- se en pilares de la democracia local.

El texto pretérito, brinda un abanico de posibilidades pertinentes y adecuadas para la ocupación de cargos por parte de la suboficialidad institucional; resta entender y comprender hasta qué punto, dentro del ideal de ser, se presente el ser.

Con la sanción presidencial de la Ley 62 de 1994 por medio de la cual se origina el Nivel Ejecutivo en la Policía Nacional de Colombia, con el fin de profesionalizar la Institución en general y los mandos medios en particular, se inicia un nuevo ciclo al interior institucional.

El ideal de los gestores del cambio, radicaba en subir los niveles jerárquicos de manera paralela a los académicos, para ofrecer de tal manera una mejor calidad en la prestación del servicio a la comunidad.

Al implementarse el Nivel Ejecutivo, como una exigencia en el mejoramiento del profesional de policía, se observaron diferentes puntos de vista por parte de los antiguos suboficiales, algunos de los cuales continuaron con el propósito de culminar su carrera en el grado de sargentos mayores; otros suboficiales observaron en la dinámica institucional una oportunidad de cambio y emprendieron el reto del posicionamiento de una nueva estructura jerárquica que no desconoce el legado de la suboficialidad, su rol y autoridad, homologándose en grados y competencias.

No se escapa a la historia, y con mayor razón, tratar de describir apartes que nos permitan entender las diferentes circunstancias, motivo del fortalecimiento continuo institucional; el considerar las falencias notorias en el personal de agentes y el mismo personal no uniformado, que al cumplir con los requisitos exigidos en la ley se homologara con el ingreso al Nivel Ejecutivo, y en los cuales quedara un vacío en la formación del ejercicio del mando y dirección, que contradice sus perfiles académicos, técnicos y profesionales, los cuales son igualmente fortalezas para el proceso de profesionalización técnica.

La Policía Nacional, en busca del profesional ideal, asume la formación, capacitación y entrenamiento de sus integrantes, con miras a promover en ellos los conocimientos y competencias que necesitan para el cumplimiento de sus funciones y de las misiones, procedimientos y tareas propias de su profesión.

Es el caso de la Escuela de Suboficiales, instituto de educación superior que me honro en dirigir y desde donde, con generosidad y aprecio, damos la más cordial bienvenida a los honorables miembros de la Academia Colombiana de Historia Policial, a nuestros invitados especiales y a quienes nos visitan y comparten con nosotros el entusiasmo de estos cincuenta y siete años de historia.

La gran mayoría del personal uniformado está integrado por el Nivel Ejecutivo, en sus diferentes grados, desde patrullero hasta comisario. Se está apreciando así un 61% del total de la población activa de la Policía Nacional de Colombia (según parte geonumérico de la Dirección de Talento Humano-enero 2007), lo cual constituye, una ardua y beneplácita responsabilidad para la Escuela, comprometida en los procesos de capacitación, actualización y educación continuada de los mismos.

La óptica académica se refuerza a posteriori, al confrontar los resultados de apreciación de las diferentes evaluaciones curriculares que se realizan en cada una de las cohortes desarrolladas durante los ciclos programa- dos y teniendo presente el diseño de los planes, programas y propuestas de mejoramiento con el fin de adecuar el Nivel Ejecutivo con respecto a su mando y dirección frente a las necesidades sociales en general e institucionales en particular.

La necesidad sentida, en primer lugar, desde la Dirección de la Escuela por su responsabilidad directa de orientar y direccionar todos los procesos de capacitación; así como también las fases de concursos y cursos de profesionalización para la gestión policial, es la de alcanzar el deber ser académico desde la transversalidad del ser más humano, en la interpretación y aplicación de los Derechos Humanos.

En razón de lo anterior, me permito compartir con ustedes las apreciaciones técnico pedagógicas que apuntan a un horizonte prospectivo del perfil histórico del suboficial en la Policía Nacional.

Del contenido esquemático propuesto para la educación mediante la Ley 115 de febrero de 1994, podemos destacar que los factores más relevantes en la formación de un profesional, son los que tienen relación con los procesos formativos, puesto que se ha hecho una clara distinción entre los aspectos esenciales para la educación de los seres humanos y ellos son:

Los procesos cognoscitivos que se refieren a la formación del intelecto, de las capacidades de adquisición, búsqueda y generación de conocimientos científicos, tanto del área social como del campo de la naturaleza y la tecnología; este aspecto es flexible, no puede ser adquirido de una vez para siempre, su desarrollo avanza de acuerdo con el proceso científico, técnico, y siempre es posible lograr su incremento mediante la instrucción y la capacitación.

Todas las carreras profesionales tienen la dinámica de cambio, del incremento de los conocimientos; unos adquiridos decenios atrás, pueden ser reemplazados por otros de acuerdo con el avance de la investigación, la tecnología, porque los conocimientos no son definitivos, son hipotéticos y ciertamente tentativos.

Los procesos formativos han hecho distinción para destacar que en la formación integral de la persona, son más importantes los procesos de capacitación de la estructura de la personalidad que los propios conocimientos adquiridos; por ejemplo: si una persona mediante un adecuado proceso de formación adquiere el hábito de querer aprender, siempre tendrá ventaja sobre una persona que habiendo aprendido algo una vez no lo revisa permanentemente, ni lo perfecciona; por lo tanto la personalidad se estructura de manera lógica sobre capacidades naturales, sobre hábitos y procesos formativos, sobre los cuales se levanta el edificio siempre cambiante del conocimiento y de la técnica.

En nuestro Instituto, hemos tenido a bien desde lo humano, proponer un perfil que históricamente se adecue a los requerimientos sociales e institucionales, porque puede ocurrir que en la educación de una persona son insustituibles elementos cognoscitivos y procesos formativos, es necesario conjugarlos para obtener un perfil; no obstante la suma mecánica de estos elementos no es suficiente si no contamos con un enfoque específico sobre la profesión que pretendemos ofrecer para cumplir con los requisitos que exige una educación superior; hemos dicho que de acuerdo con el papel jurídico, político, social y cultural que se le asigna a la Policía Nacional, sus miembros, su comunidad profesional, docente y operativa está encaminada a formar un hombre y mujer con las notas de ser un profesional educador y líder de la comunidad, garante de la paz, la convivencia y los Derechos Humanos: nuestro suboficial de la Policía Nacional de Colombia.

Una vez definido el propósito, en el fundamento de la profesionalidad policial, podemos conjugar los elementos cognoscitivos, formativos y tecnológicos capaces de conducirnos a la obtención de un profesional de tal naturaleza.

El suboficial de la Policía en su calidad de miembro de la institución, debe tener una conciencia acrisolada, ya que esta misión debe ser únicamente desempeñada por hombres y mujeres que aprestigien su autoridad con un comportamiento incorruptible y ejemplarizante, que los distinga de los demás ciudadanos, y los obligue con su proceder a respetarlos, a confiar en ellos, a dignificarlos y a no mancillarlos jamás.

Su conducta privada y su actuar profesional deben desenvolverse sin ostentaciones, sin alarde y sin emplear innecesariamente modales de severidad, sin expresiones de prepotencia y, ante todo, con un alto grado de disciplina, honestidad, prudencia, lealtad y criterio.

Debo resaltar la importancia que para la Institución tiene el estamento de los suboficiales en su generalidad, que ante el número insuficiente de oficiales, desempeñan con altura y éxito cargos y misiones de responsabilidad dentro del organigrama institucional a nivel nacional. 

De ello amerita mencionarse: la actuación en la «Policía Militar», creada en el año 1952 con 3 batallones, para solucionar problemas de orden público en los departamentos de Tolima, Boyacá y Llanos Orientales. Allí varios ofrendaron sus vidas en la misión de mantener el orden jurídico del país. Igual actitud de espíritu profesional dieron en la creación y afianzamiento de las nuevas especialidades como las de Policía Vial, de Ferrocarriles y Protección Juvenil. También algunos suboficiales, con el máximo grado en el escalafón y previo el lleno de requisitos, fueron ascendidos al grado de tenientes, otros fueron enviados al exterior a especializarse en diversas áreas del servicio en el campo deportivo y en diferentes disciplinas. Igual- mente sobresalieron, y deben mencionarse los nombres de: Luis Eduardo Jiménez, Manuel Cabrera, Francisco Muñoz y Benjamín Jiménez.

En mención especial quiero recordar y destacar en el devenir histórico institucional, el nombre de un suboficial que ha dejado huella imborrable en este claustro; el inolvidable Sargento Mayor Luis Alberto Torres Huertas, llamado «El Sargento de los Niños», creador y promotor de la Policía de Protección Infantil, hoy Policía de Infancia y Adolescencia; servicio que tantas satisfacciones ha dado a la sociedad y a la Institución.

Así mismo, se dio la organización del Club de Suboficiales, por parte del Sargento Mayor don León Pío Acosta; la creación de la fiesta grande de los boyacenses, «El Aguinaldo Boyacense», por el gran visionario y hombre de amplia proyección el Sargento Primero Carlos Julio Umaña Torres, y la composición del Himno oficial de la Escuela de esta categoría Gonzalo Jiménez de Quesada, cuyo autor de la letra es el Sargento Primero Pablo Emilio Beltrán.

Con la anterior remembranza, producto del estudio juicioso y el apoyo de algunos colaboradores inquietos por la formación, capacitación y actualización de los suboficiales de la Policía Nacional, quiero invitar, motivar y comprometer a seguir recopilando antecedentes que permitan construir un futuro perfil, cada vez mejor, de nuestro mando ejecutivo institucional.

Para finalizar, quiero expresar mis más sinceros agradecimientos a la Academia Colombiana de Historia Policial, por la oportunidad que me brindó para compartir algunas de las apreciaciones y acciones emprendidas en busca de la excelencia en el desempeño de nuestro suboficial..."

 

sábado, 20 de febrero de 2021

PRIMER REGLAMENTO PARA LA DISTRIBUCIÓN, CONSERVACIÓN Y USO DEL VESTUARIO DE LOS MIEMBROS DE LA POLICÍA NACIONAL




PRIMER REGLAMENTO PARA LA DISTRIBUCIÓN, CONSERVACIÓN Y USO DEL VESTUARIO DE LOS MIEMBROS DE LA POLICÍA NACIONAL

Artículo 1º. El recibo del vestuario, del correaje y de las demás prendas del uniforme adquiridas para el servicio de la Policía, se verificará por el Intendente de la misma, para los efectos del Decreto 1668 de 30 de septiembrede 1916 “Por el cual se reglamenta el manejo de los bienes de propiedad del Estado, que prestan servicio en la Policía Nacional”.

 Articulo 2º. Siempre que el Intendente reciba de un contratista elementos contratados, procederá a examinarlos uno a uno en vista del contrato respectivo y de los modelos que aquél haya depositado, a fin de cerciorarse de que todos se ajustan estrictamente a lo estipulado, tanto en la calidad como en la confección y en las dimensiones y demás condiciones. Las prendas que no reúnan tales condiciones serán rechazadas y puestas a disposición del contratista, y las que sean admitidas se pasarán por el Intendente a una junta compuesta del subdirector, el Inspector General y tres Comisarios Jefes, presidida por uno d ellos primeros, en la cual actuara como secretario el de la Subdirección o la Inspección general, quien llevará los libros de actas y de recibos que sean necesarios.

Articulo 3º. Recibidas las prendas por la junta, procederá a distribuirlas según las necesidades del servicio, previo recibo de los jefes respectivos, quienes a su turno lo exigirán al personal subalterno que deba usarlas.

Articulo 4º. El Intendente levantará acta del examen de las prendas, y en ella dejará constancia clara y precisa de las que hayan sido aceptadas y de las que no lo hayan sido, expresando los motivos de rechazo de estas últimas.

El acta será firmada por el Intendente, su secretario y el contratista o su representante, si estuviere presente, y de ella se pasará copia a la Dirección General.

Articulo 5º. Los Comisarios Jefes pasarán a la Subdirección, al fin de cada trimestre, una relación de las prendas probables que su personal haya de necesitar en el cuarto trimestre. Así, por ejemplo: en la relación de marzo pedirán las prendas que necesiten en los meses de octubre, noviembre y diciembre; en la de junio, las de enero, febrero y marzo; en la de septiembre, las de abril, mayo y junio, y en la de diciembre, las de julio, agosto y septiembre.

Articulo 6º. A toda prenda se le fijará su duración por la Junta, asesorada de un perito, teniendo ene cuenta el uso que de ella debe hacerse, y la clase de servicio a que se le debe destinar.

Articulo 7º. La duración de las prendas se dividirá en tres periodos, que se llaman primera, segunda y tercera vidas. Las primeras y la segunda equivalen cada una a la cuarta parte de la duración fijada, y la última, a la mitad de ésta.

Articulo 8º. Para el actual uniforme fijase la siguiente duración:

UNIFORMES DE COMISARIOS

De parada. Pantalón, levita y gorra, dieciocho meses…18 meses
Sable, doce años………………………………………..12 años
De cuartel. Pantalón, dormán y gorra .………………....01 año

UNIFORMES DE AGENTES

De parada. Pantalón, levita y casco, dieciocho meses…18 meses
Cinturón y biricú, cuatro años…………………………04 años
Florete, dieciocho años………………………………...18 años
De cuartel. Guerrera, pantalón y gorra, un año………..01 año
 Cinturón, cartucheras y portatahalí, cinco años………05 años

Artículo 9º. El Comisario o Agente que por abandono en la conservación de sus prendas las deteriore prematuramente, pagará el deterioro que hayan sufrido, cuyo valor se fijará por un perito nombrado por la Dirección General, teniendo en cuenta el periodo de vida en que las prendas se encuentren.

Articulo 10º. Cuando una prenda sea destruida, inutilizada o deteriorada al prestar socorro en un incendio, inundación o reyerta o en otro asunto del servicio y por causa de éste, será repuesta o reparada por el Gobierno, pero para esto es necesario que el jefe respectivo eleve el parte detallado de lo ocurrido y que los hechos se comprueben en la información testificada que por orden de la Dirección practicará un Comisario de otra División.

Artículo 11º. Los uniformes que dejen los individuos dados de baja y que necesiten ser reparados, limpiados y desinfectados, pasarán al taller de sastrería con tal objeto.

Artículo 12º.   Cuando el Comisario o Agente haya conservado su vestuario en buen estado durante todo el tiempo que éste tenga fijado de vida oficial, les será cedido como premio a su esmero y limpieza. La concesión de esta gracia corresponde al Director General, en vista del informe y propuesta del respectivo jefe de la división o del Subdirector General o Inspector General.

Parágrafo. Los demás uniformes y las prendas que, al ser dados de baja por haber terminado su vida oficial, estén todavía en condiciones de servicio, pasarán al taller de sastrería para ser lavados, cosidos y desinfectados y se destinarán a los individuos de nuevo ingreso durante el periodo de enseñanza y observación de estos.

Articulo 13º. Los uniformes de cada Agente tendrán un número de orden y con él serán marcados todas las prendas que los constituyen. Cada una de éstas llevará, además, la indicación del día, mes y año en que han sido puestas en uso, en cifra. La numeración será en orden continuo, principiando por la División Central.

Artículo 14º. A cada clase de uniformes se le llevará su historial, conforme a un modelo que se distribuirá, y al respaldo de éste se anotarán las adjudicaciones e incidencias que las prendas sufran.

Artículo 15º.  Ninguna prenda podrá ser usada sin que antes haya sido sellada por el Jefe respectivo, como sen indica en el artículo anterior, y sin que dicho jefe haya visto personalmente que ella se acomoda al cuerpo del individuo que va a usarla.

Artículo 16º. Cunado un Comisario o Agente quiera usar prendas adquiridas por su cuenta, está obligado a someterlas previamente al sello del Jefe, quien no lo pondrá en ningún caso hasta no cerciorarse de que ellas cuadran bien con su dueño y de que ajustan estrictamente al modelo reglamentario, tanto en la tela como en el color, en la forma y en la medida.

Artículo 17º. Al entregar una prenda sellada se notificará a su poseedor la prohibición de recortarla o variarla en cualquier forma. El individuo que falte a esta prohibición pagará lo que cueste volver la prenda a su estado primitivo.

Artículo 18º. Es absolutamente prohibido asimismo agregar al uniforme adornos, insignias, luto o cualquiera otra prenda que haga variar el modelo ordenado. Sólo está permitido el guante de luto fuera de los actos del servicio.

Artículo 19º. El Jefe de la División, los Comisarios y clases, pondrán especial cuidado en la revista de las prendas para evitar que éstas sean deterioradas prematuramente o reformadas y de toda falta a este respecto darán cuenta.

 Artículo 20º. Los mismos Comisarios y clases vigilarán que ningún individuo salga del cuartel con prendas que sean reglamentarias o que no correspondan al día y al servicio, y serán responsables de las infracciones que en este sentido se comentan.

Artículo 21º. En cada cuartel ser mantendrá fijado en sitio visible un cuadro que explique el numero de prendas que constituyen cada clase de uniforme, y al pie se darán indicaciones sobre la manera de mantenerlos aseados y de corregir los defectos inherentes a su uso.

 Artículo 22º. Ningún individuo que vista uniforme puede llevar por la calle botella, bultos u otros objetos, con la única excepción de expedientes oficiales de poco volumen o frasco de medicina convenientemente envueltos.

 Artículo 23º. Oportunamente se repartirá la cartilla de uniformes que fija la forma, color, las dimensiones y la clase de las prendas, así como el uso que ha de hacerse de ellas. En la misma cartilla se indicará el uniforme con que han de practicarse los diversos servicios.

Parágrafo. Como en la misma cartilla se dispondrá que el calzado debe ser enterizo, negro y de cuero de becerro, se concede a los Comisarios y Agentes un plazo máximo de tres meses, contados desde el 1º de diciembre de 1916 para terminar el calzado que en la actualidad tengan en uso y que no se ajuste a esas condiciones. Los Comisarios Jefes harán saber que desde este momento es prohibido comprar calzado diferente del modelo indicado.

Artículo 24º. Desde el día 2 de enero de 1917, usará la Policía Nacional de Bogotá el uniforme de diario recientemente distribuido al personal de la misma, en los días y actos que se mencionan en las instrucciones que se publican más adelante, las cuales no pueden ser alteradas en manera alguna sino por el Director General o por el Inspector General, en ausencia del director.

 Artículo 25º. Los Oficiales de guardia de los cuarteles de esta Institución impedirán en absoluto que por ningún motivo salga a la calle Agente alguno vistiendo otro uniforme que el del día, ni usando prendas antirreglamentarias. A ellos se les exigirá estrecha responsabilidad de cualquier infracción que se cometa en este sentido.

 Artículo 26º. Queda absolutamente prohibido usar para nada el uniforme de diario que hasta ahora ha venido vistiendo la tropa, cuyas prendas serán entregadas al Intendente en las siguientes fechas del mes de enero próximo.

La División Central, el día 3.
La primera División, el día 4.
La segunda, el día 5.
La tercera, el día 6.
La cuarta, el día 8
La quinta, el día 9.
La sexta, el día 10.
La séptima, el día 11.
La octava, el día 12.

Artículo 27º. El Intendente, asesorado por el personal de la Secretaría, revisará la ropa entregada y separará la que todavía pueda usarse decorosamente, para proceder con ella en la forma en que ordena el parágrafo del articulo 12 de este reglamento sobre distribución, conservación y uso del vestuario. A las prendas que resulten inservibles, les mandará arrancar los botones, que después de limpios conservará en el almacén.

INSTRUCCIONES

Artículo 28º. Con el objeto de conseguir que los funcionarios uniformados del Cuerpo de Policía salgan en todo caso de sus cuarteles con la más absoluta uniformidad, se fijan a continuación las prendas que constituyen cada uniforme, así como los días y actos en que éstos han de usarse:

UNIFORME DE GALA

Lo constituyen la levita y el pantalón negro, el casco, los guantes blancos, el cinturón de charol negro y la espada.

UNIFORME DE DIARIO

Está constituido por la guerrera y el pantalón azul tina, la gorra de plato y el bolillo. Loa Agentes de Primera Clase llevarán, en ves de bolillo, el cinturón negro y la espada. Durante la noche podrán usar los Agentes, para el servicio, el capote o la capa reglamentaria.

Los Agentes de Segunda y Tercera Clase no llevarán bolillo cuando no estén de servicio.

DÍAS Y ACTOS EN QUE DEBE USARSE CADA UNIFORME

Se usará el de gala: para las formaciones y paradas, grades solemnidades religiosas, militares, cívicas, académicas y teatrales, así como en los actos de sociedad donde asista el Excelentísimo señor Presidente de la República o donde los concurrentes vayan de etiqueta. También se vestirá este traje todos los domingos, días festivos y fiestas nacionales.

Se usará el uniforme de diario: todos los días de servicio, tanto para aseo como para las instrucciones y servicios no marcados en el párrafo anterior.

Los señores Comisarios, Jefes y los Oficiales de guardia serán responsables de toda infracción que se cometa respecto a esta orden.

Artículo 29º. Los Oficiales de Servicio revistarán la tropa que van a sacar para el mismo, y no tolerarán su más estrecha responsabilidad, que ningún Agente vista otro uniforme que el marcado, ni se use prendas antirreglamentarias.

Artículo 30º. Con el objeto de sostener la ropa en el mejor estado, los señores Comisarios Jefes procurarán que los individuos no la usen dentro d ellos cuarteles, en horas de descanso.

REGLAS PARA LA CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DE LAS PRENDAS

Artículo 31º. Queda terminantemente prohibido alterar las formas y dimensiones de las prendas, así como añadirles botones, emblemas o agremanes.

Artículo 32º. Cuando las prendas sufran desgarros o descocidos de alguna importancia, serán arregladas por el personal de la sastrería del Cuerpo de Policía.

Artículo 33º. Las pequeñas roturas o descocidos serán recompuestos por orden y cuenta del mismo Agente que usa las prendas, pero a condiciones de presentarlas al Comisario de su Subdivisión para que éste apruebe o desapruebe lo hecho.

 Artículo 34º. El taller de sastrería se encargará también de arreglar las prendas a la medida de los individuos a quienes se les adjudiquen.

Artículo 35º. La limpieza de las prendas se hará siguiendo las indicaciones que se expresan a continuación, facilitadas por un técnico.

INDICACIONES PARA LA LIMPIEZA DE LAS PRENDAS

Para limpiar los cuellos, bocamangas y bolsillos que estén sudados, se tomará un cuarto de litro de agua, donde se echarán tres cucharadas de amoniaco líquido. Empapando ligeramente en esta preparación un trapo blanco, limpio, se frotará la parte sudada. Inmediatamente se formará una espuma que hay que quitar con alguna fuerza para que salga la humedad que contenga el paño. Si la mancha de sudor no ha salido a la primera vez, puede repetirse la operación hasta tres o cuatro veces. Una vez hecho esto, se pasará por el cuello o parte manchada un lienzo limpio mojado en agua clara.

Manchas de grasa en el paño

Debajo de la parte manchada del paño se coloca un trapo, después se frota la mancha con un cepillo impregnado de bencina o gasolina. La mancha pasará al trapo que se puso debajo.

Manchas de sustancias alimenticias

Para quitar esta clase de manchas se frotará la parte manchada con un cepillo impregnado de una mezcla de agua limpia y alcohol impotable por partes iguales.

Manchas de aceite

Cúbrase de polvo finísimo de yeso o creta una hoja de papel de estraza. Colóquese encima la parte del tejido manchada, cubriéndola también con el mencionado polvo, y sobre éste, otro papel de estraza con una plancha encima. Al día siguiente la mancha no existirá. Si se trata de manchas antiguas, échese sobre ellas una gota de aceite antes de empezar la operación, y al día siguiente, después de bien cepillado del polvo, se le dará una frotación con bencina.

 Manchas de barniz, pintura y alquitrán

Se quitan estas manchas con esencia de trementina pura. Ordinariamente basta una sola aplicación para obtener buen resultado.

Manchas de cera y de esperma

Se coloca la parte manchada entre dos papeles de estraza y se pasa por encima de ellos una plancha caliente. Más sencillo y mejor es frotar dichas manchas con un cepillo empapado de alcohol impotable.

Manchas de grasa en los sudaderos de los cubrecabezas

Límpiese éstos con una muñequilla dura impregnada de esencia de trementina o de gasolina. También puede usarse el alcohol rectificado o la bencina.

Notas

A falta de cepillo se podrá frotar las manchas con un pedazo de paño, si puede ser, del mismo género que el de la prenda manchada, o lo más parecido que se pueda.

Otra

Tanto el amoniaco como la bencina, la gasolina, el alcohol y la esencia de trementina son disolventes de las distintas materias de que se componen las manchas; pero el amoniaco sólo debe usarse cuando los cuellos o prendas están muy grasientas, dejando las otras para las manchas menos importantes.

Los artículos y las indicaciones anteriores estarán colocados constantemente en un sitio muy visible de los dormitorios y de las guardias para que puedan ser consultados en tofo momento por el personal policial.

(Publicado en el articulo 8904 de la orden del día 30 de diciembre de 1916 firmada por el Director de la Policía Salomón Correal D.)

 Fuente: tomado de la Revista de la Policía Nacional  edición 42 , paginas 35 a 39, publicada en el mes de junio de 1919.

martes, 12 de enero de 2021

Contexto histórico del Secuestro y la Desaparición Forzada de Integrantes de la Policía Nacional en Colombia.

  

SECUESTRO DE POLICÍAS EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO

Contexto general y evolutivo del secuestro en Colombia

El secuestro constituye uno de los delitos y fenómenos criminales de mayor incidencia y relación con el conflicto armado en Colombia, especialmente por las acciones de los Grupos Armados y Grupos de Criminalidad Organizada, para lograr objetivos financieros y seudo políticos, en los cuales se afectaron los derechos constitucionales y legales de la población civil como de los miembros de la Fuerza Pública.

 En el año de 1964 con el surgimiento de las guerrillas comunistas en Colombia, el delito adquirió una incidencia neurálgica en la seguridad de la Nación, tomándose como punto de referencia el número y tipo de secuestros con fines extorsivos contra comerciantes y personalidades denominadas de clase alta de la sociedad colombiana (Policía Nacional de Colombia, 1965).1 

En la Revista de Criminalidad del año 1971 , se realiza el análisis del comportamiento criminal del secuestro y su incidencia en el desarrollo económico y social de la nación, para la época se caracterizaba bajo formas y móviles simples, familiares y locales de la sociedad tradicional colombiana de los años 30, 40 y 50, cuando el delito ocupaba una pequeña cuota estadística y se tenía como de naturaleza común o de irrelevantes consecuencias (Policía Nacional de Colombia, 1972), considerado incluso dentro de la categoría de los delitos que afectaban la moral y posteriormente en la categoría contra las libertades y otras garantías, entre los que se encontraban infracciones como la violación de secretos y de correspondencia (Ministerio de Guerra - Fuerzas de Policía , 1959)

Los primeros registros de delitos relacionados con las características del secuestro en Colombia no son muy claros. Algunas referencias se relacionan para la década de los años 30, a partir del que se considera el primer secuestro en Colombia, el plagio de Elisa Eder, hija de Harold Éder, un industrial caleño, dueño y  gerente del ingenio azucarero La Manuelita, registrado en la ciudad de Cali, el 31 de enero de 1933 (Diario El Tiempo, 2013).

Los casos de secuestro en Colombia comienzan a ser registrados en las estadísticas de criminalidad de la Policía Nacional en la década de los años 60 , periodo en el en el cual se presentaron un promedio de 83 casos, época que es coincidente con el surgimiento de las guerrillas comunistas en Colombia (FARC, ELN y el EPL), siendo las FARC el primer grupo que lo implementó como forma de presión política o como medio de financiación económica.  En la segunda conferencia guerrillera que dio vida a las FARC en 1966, este grupo creó la comisión financiera nacional la cual aprobó recurrir a otras fuentes para financiar la lucha armada guerrillera, diferentes a los recursos aportados voluntariamente por la población civil, entre ellas el secuestro.

 Agudización del fenómeno e incidencia guerrillera

 En los estudios criminológicos de 1964  se indica una “explosión de las modalidades del secuestro”, debido a la afectación de la libertad individual de las personas, exigiendo recursos económicos en dinero principalmente, previéndose que esta modalidad delictiva se constituiría a futuro en un fenómeno crónico de afectación a la seguridad. En el año de 1964 se registraron 122 secuestros, de los cuales 41 fueron extorsivos, registrando un incremento del 34% frente a los 91 casos registrados en 1963 y siendo las zonas más afectadas Bogotá, (68) Tolima (19) y Valle (14) (Policía Nacional de Colombia, 1965, pág. 8).  

En 1965 dos (2) hechos conmocionaron el país y evidenciaron la evolución de este delito, el primero, el secuestro y posterior homicidio del ex ministro de Hacienda e industrial vallecaucano Harold Éder el 20 de marzo de 1965, paradójicamente el padre de la menor Elisa Éder quien fue secuestrada en 1933 y considerado el primer plagio en Colombia. Por la liberación del industrial sus captores pedían 2 millones de pesos. El segundo hecho  fue el secuestro del empresario agrario Oliverio Lara Borrero, el 27 de abril de 1965 en Larandia (Caquetá) por quien pedían 1 millón de pesos para su liberación, quien fue asesinado en cautiverio (Policía Nacional de Colombia, 1972, pág. 117).


Imagen tomada de https://www.elcolombiano.com/blogs/casillerodeletras/angustia-por-secuestro-de-don-oliverio-lara-borrero/18018


Antes de consolidarse el secuestro en Colombia, se registraron en América Latina tres fases distintas: I).El secuestro de naves por grupos insurgentes de la región, entre los que se vinculó el ELN, con el fin de dirigirlos al país de Cuba. Una segunda fase, II). Hechos de exclusiva representatividad política, especialmente diplomáticos y representantes del Estado en los municipios del territorio nacional. III)  La consolidación en Guatemala, Brasil y Uruguay, siendo donde los grupos subversivo implementaron  modalidades del delito de secuestro incluyendo funcionarios públicos, ciudadanos e industriales locales, haciendo común la práctica de exigir rescates para los secuestrados.

En los años 70 las FARC, el ELN y especialmente el M-19 encontraron en el secuestro con fines extorsivos la principal fuente de financiamiento. El alcance de los recursos que empezaron a percibir las guerrillas, se referencian  en la entrevista otorgada por Jaime Bateman Cayón a Germán Castro Caicedo, el cabecilla del M-19 afirmó lo siguiente:

 “… nosotros nos volvimos ricos con la detención de Cooper, el gerente de Sears[1] (…) “fue la primera vez que la organización tuvo un presupuesto bastante alto, más de un millón de dólares, tal vez es el secuestro más grande que se ha hecho en Colombia y el dinero nos alcanzó por mucho tiempo” (…) Ver texto completo de la entrevista en http://www.ideaspaz.org/tools/download/48875

En relación con el secuestro extorsivo en Colombia, se pueden referenciarse múltiples causas, pero dos de ellas son las de mayor incidencia, la primera de índole político que busca no sólo el control o influencia territorial sobre cargos y finanzas públicas, a la que se suma el objetivo de incidir en aquellas decisiones del Estado, a través de secuestros de impacto como el de candidatos, servidores públicos y miembros de la fuerza pública; y la segunda, se concentra específicamente en el fin económico como fuente de recursos para el componente bélico, atando esta actividad a la dinámica del conflicto armado interno y los principales actores armados ilegales que han participado en el mismo.

Las FARC en la región del Urabá, conformó el frente 5 encargado de realizar los planes financieros como la realización de secuestros en la región del Urabá, límites de Córdoba y Antioquia, con el objetivo de obtener recursos que le permitieran fortalecer a dicha estructura guerrillera. (El Tiempo (1973) anunciando en la edición del 18 de junio).

En los años 60 y 70 se dio la consolidación territorial de los grupos guerrilleros e iniciaron con el empleo del secuestro como estrategia de presión política y de  financiación económica, aunque comparada dicha dinámica con los niveles que adquirió este delito dos décadas después, su incidencia para esas época era esporádica y casi inexistente, siendo incluso la delincuencia común los actores de la mayoría de los casos registrados.

Escalamiento exponencial del secuestro: las décadas de los 80 y 90

 En 1980 el panorama del conflicto colombiano registró una agudización en torno a los niveles de violencia derivados del conflicto armado, especialmente por el surgimiento de dos nuevos actores: los grupos narcotraficantes que se constituyeron en una amenaza para la seguridad nacional y las autodefensas ilegales que nacen de los ejércitos privados del narcotráfico, quienes asumen un rol antisubversivo, a partir de las diferencias suscitadas entre guerrilla y narcotraficantes. Esta situación incidió en un incremento de las dinámicas de criminalidad en el país,  especialmente en delitos como el homicidio, el secuestro y el terrorismo.

 El promedio de secuestros que en los años 70 fue de 55 casos al año, en la década de los 80 fue de 296, constituyendo la víspera de lo que sería la época de los 90 donde el promedio por año fue de 1.698 secuestro (Policía Nacional , 2000). (ver figura No. 1)

Figura 1.


Fuente: (Estadística de Criminalidad – Policía Nacional – Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL  DIJIN)

 Nota. Los datos registrados en la presente tabla se consolidaron de las Estadísticas de Criminalidad de los años 1982, 1987, 1990 y 1999.

Para el caso del M-19 esta guerrilla entró en la década de los 80, con hechos de impacto y simbólicos como la toma de rehenes en la embajada de República Dominicana que avizoraba una tendencia preocupante a nivel urbano frente a la visión de las guerrillas, sin embargo marcó el debilitamiento de sus estructuras urbanas por la acción de la Fuerza Pública los llevó a un viraje en su accionar armado hacia las zonas rurales.

En relación con las FARC, para el año de 1982 esta guerrilla realizó la séptima conferencia guerrillera, la cual marcó un punto de ajuste  y quiebre estratégico, la definición de un plan estratégico para la toma del poder, en el cual irrumpen en el ámbito político, su relación directa con el partido Comunista Colombiano y a nivel armado definen un centro de despliegue a través de la cordillera Oriental para llegar a Bogotá como objetivo superior, acompañado de planes para urbanizar el conflicto armado.

En esta conferencia las FARC, analizó y concluyó que su alcance político deriva de la actividad financiera producto de la extorsión y el secuestro, seguidamente determinaron el fortalecimiento de los medios de inteligencia para definir objetivos a secuestrar  que aportaran tanto en la financiero como en lo político, es decir grandes industriales o ganaderos coincidían con un impacto político y económico, pero pequeños comerciantes o agricultores e incluso extranjeros podrían representar cuestionamientos a nivel político. En las conclusiones de la séptima conferencia halladas en dispositivos incautados en operaciones contra esta guerrilla, se refieren a este aspecto de la siguiente manera:

“… Otro aspecto de las finanzas es aquel relacionado con la falta de tacto en la búsqueda de personajes que den dinero. Habrá que disponer de medios de inteligencia que nos eviten errores que desprestigien el movimiento (…) La cuestión básica de las finanzas nuestras es que ellas necesariamente deben tener un sentido político cualquiera sea la forma que los Frentes empleen para adquirirlas. (…) Por eso, de todas maneras conviene que las FARC hagan finanzas de masas, es decir, una labor paciente y permanente con las masas para irlas ganando en el sentido de que contribuyan en la medida de sus posibilidades con su ayuda económica al movimiento…” (FARC , 1982).

El ELN priorizó para la década de los 80 como principal fuente de finanzas los recursos adquiridos de la extorsión a las empresas petroleras, desplegando un plan de intimidación sobre las administraciones locales para incidir en el desvío de recursos públicos provenientes de regalías del petróleo. Paralelamente a nivel urbano de manera estratégica emplearon los grupos organizados delincuenciales  para realizar los secuestros y como financiamiento adicional los grupos guerrilleros implementaron la  vinculación con el narcotráfico.

Los grandes carteles del narcotráfico conformaron a finales de 1981 el grupo MAS (Muerte a Secuestradores) en retaliación al secuestro de Marta Nieves, Hermana de los miembros del clan de Los Ochoa, realizado por la guerrilla del M-19, posteriormente como respuesta a los avances del gobierno nacional con relaciona a la extradición en el año de 1984, determinaron un plan masivo de secuestros que involucró, a las personalidades políticas de la época y dio continuidad con los integrantes de los mismos carteles por diversas rivalidades, sin embargo, esta conducta también fue usada como medio para la obtención de recursos, así mismo, estos actores desarrollaron una estrategia armada para realizar presión a la guerrilla del M-19, para que detuviera los secuestros.  Esta acción de los narcos dio un impulso definitivo y escalamiento al fenómeno del “paramilitarismo” como mecanismo de protección privada contra el secuestro guerrillero y de ofensiva contra la guerrilla frente a lo que significó el rompimiento de un pacto de no agresión. Para Pablo Escobar el secuestro de Marta Nieves Ochoa “más que un ataque fue una traición”.

Los policías como objetivo del secuestro  

La criminalidad y la inseguridad a finales de los años 70 dio inicio a la difícil situación de la década de los 80, lo cual conllevó al Gobierno nacional a adoptar medidas más efectivas para combatir la delincuencia organizada y la guerrilla, por lo cual el 6 de septiembre de 1978, el gobierno de Julio Cesar Turbay expidió el Decreto 1923 “Por el cual se dictaron normas para la protección de la vida, honra y bienes de las personas y se garantiza la seguridad de los asociados”, que determinó el aumento de las penas en el código penal . 

En atención a las políticas de seguridad implementadas por el gobierno nacional, la Policía Nacional proyectó líneas de acción priorizando sus capacidades logísticas, tecnológicas y el talento humano para atender  el fenómeno delincuencial derivado del narcotráfico, organizando un servicio especializado de policía antinarcóticos, cuyo origen nace de un convenio de cooperación de Estados Unidos y Colombia, logrando este cuerpo especial en sus dos primeros años la incautación de más de 19 toneladas de estupefacientes. En 1987 este servicio se constituyó en una especialidad de la Institución por disposición del Presidente Virgilio Barco, y mediante Decreto 423 del 23 de marzo de dicho año, se creó la Dirección de Antinarcóticos a la cual se le adhirió el servicio aéreo de la Institución.

En respuesta a la represaría que el Estado efectuó contra la actividad ilícita de narcóticos, los carteles en búsqueda de mitigar la medidas adoptadas por el gobierno crearon grupos denominados escuadrones de la muerte, los cuales se constituyeron en organizaciones de justicia privada, dirigiendo sus acciones de exterminio contra movimientos políticos, líderes de oposición, sindicalistas y sectores de la población presuntamente favorables a movimientos guerrilleros, así como contra sectores marginados de la sociedad. El avance guerrillero estuvo acompañado del desarrollo inusitado de estas organizaciones en todo el territorio nacional siendo las más representativas: Muerte a secuestradores (MAS), el Escuadrón de la muerte, el grupo muerte a abigeos (MAOS), Castigo a firmantes e intermediarios estafadores(CAFIES), el Embrión, Alfa 83, Prolimpieza del Valle del Magdalena, Los Tiznados, Movimiento Anticomunista Colombiano, Muerte a Revolucionarios del Nordeste Antioqueño, Movimiento Obrero Estudiantil Nacional Socialista, Los Grillos, El Escuadrón Machete, Falange, Muerte a Invasores, Colaboradores y Patrocinadores (MAICOPA), Comandos Verdes, entre otros (Policía Nacional de Colombia, 1991).

El conflicto interno contra los grupos armados organizados y el narcoterrorismo de Pablo Escobar, que atentaron gravemente contra la seguridad y convivencia de lo colombianos, que para los años 80 y 90 se conoció como circunstancias que alteraron el orden público. Estas acciones se consideraron una amenaza directa a los procesos de paz que se venían acordando e intimidación al Estamento  a partir de atentados contra funcionarios públicos, jueces, militares y policías, lo que llevó al gobierno a declarar un estado de sitio con la expedición del decreto 814 de 1989, que creó el Cuerpo Especial Armado (C.E.A.) y cuyo objetivo era contrarrestar a los escuadrones de la muerte, bandas de sicarios o grupos de justicia Privada (Policía Nacional de Colombia. Edición No. 209, 1989)


Ver vídeo sobre la creación del Cuerpo Especial Armado CEA en https://youtu.be/USBZYbfHF4I

El alcance de los resultados de la Fuerza Pública y especialmente de la Policía Nacional, conllevó a que los grupos armados ilegales y narcotraficantes fijaran al talento humano de la Institución como objetivo criminal, mediante modalidades delictivas dirigidas a atentar contra la integridad física, la vida y la libertad.

 Las FARC en el año de 1984, constituyo en un documento denominado plataforma de lucha de las FARC, en la que planteaban la necesidad de separar las funciones de la Policía Nacional y de las Fuerzas Militares, planteando el “peligro” que representaba para sus intereses criminales la acción de la inteligencia Policía y del Ejército (FARC, 1984).

Los secuestros de miembros de la Institución perpetuados por factores armados irregulares, realizados por interés políticos y especialmente producto del asalto a poblaciones o la identificación de miembros de la institución que de civil se movilizaban en vehículo de transporte público, interceptados en los mal llamados “retenes ilegales”, forma usada por los guerrilleros como medio para manifestar el control del territorio y otra estrategia para valorar la capacidad de reacción del Estado o bajo la justificación de que cualquier persona podría ser infiltrado del enemigo.

 Para el año de 1997, en el pleno ampliado[2] del estado mayor central las FARC adicionó como objetivo estratégico el secuestro de miembros de la Fuerza Pública, especialmente de la Policía Nacional, para obtener beneficios políticos como medio de presión para lograr acciones del Gobierno, especialmente la salida de guerrilleros que se encontraban en los centros de reclusión, bajo la figura de un “canje humanitario”, que permitiera un intercambio de soldados y policías secuestrados por guerrilleros (FARC, 1997).

“… Hay una circular enviada a todos los Bloques y Comandos Conjuntos indicando cómo podríamos realizar una próxima campaña militar simultáneamente en todo el país con fecha y hora muy precisa. Una próxima campaña si logramos crear todas las condiciones favorables nos debe traer como resultado la toma de un batallón, cuyos prisioneros tendremos que seleccionar para canjearlos por varios de los nuestros, para irle rompiendo el esquema a la justicia...”.

Esto se da a partir del logro político que alcanzaron con el manejo propagandístico que le dieron al secuestro y posterior liberación de los militares plagiados en el ataque a la Base de las Delicias en 1996 que constituyó el punto de partida en dicho viraje estratégico como los describen en el documento del Pleno de 1997 (FARC, 1997):

“… La campaña militar reciente y en particular la toma de la base militar de las Delicias, nos permitió propagandizar nuestros documentos, abrir nuevas relaciones con agencias de prensa y periodistas tanto nacionales como internacionales lo mismo que con personalidades de la política y de la cultura, gobiernos y ONGs …”.

La estrategia de secuestrar miembros de la Fuerza Pública, entre ellos policías, para presionar al Gobierno nacional  en acceder a un  canje, significó a policías y soldados pasar más de 12 años encerrados y encadenados en la selva. Esto coincidió con el plan estratégico de la guerra de guerrilla hacia la guerra de movimientos, logrando movilizar gran capacidad de masa para copar unidades militares y estaciones de policía y tomarlos como secuestrados. Para el caso en concreto se trae a colación, la toma guerrillera a  los municipios de Mitú y Miraflores en 1998 y Puerto Rico en 1999.  


vídeo toma guerrillera a Mitú


Aunque en las otras guerrillas el objetivo no era el mismo que a partir de 1996 persiguió las FARC, si mantuvieron el interés político en el secuestro de uniformados, con el objetivo de ganar representatividad y beligerancia en el marco del conflicto armado interno, usando a policías y soldados como instrumentos de guerra bajo el concepto de prisioneros y generar créditos políticos mediante el manejo mediático de sus liberaciones.  Documentos internos del secretariado, muestran el manejo político que le dio las FARC a los secuestrados mediante el canje, en 2010 alias Mono Jojoy planteó lo siguiente:

“… Salimos bien en las entregas unilaterales incluyendo restos de Guevara, quedamos bien plantados ante el mundo y la discusión abierta para el canje de prisioneros de guerra…”.

 Según Manuel Marulanda en entrevista otorgada a la Revista Semana en 1999, la visión del canje desde las FARC buscó demostrar capacidad y una mayor correlación de fuerzas para presionar la promulgación de una ley de canje  (Guerrero , 1999):

“…Nosotros tenemos cómo demostrar que desde hace muchos años hemos venido capturando policías, soldados y siempre que los capturábamos, conversábamos con ellos y posteriormente les decíamos, váyanse y se presentan a la policía. Pero nosotros hemos llegado a tal grado que estamos en condiciones de tener a los capturados y tenerlos en buenas condiciones (…) Estamos en condiciones de tenerlos el tiempo que sea y ya tenemos bastanticos. Tenemos como unos 300 y pico, que siempre es un buen número (…) Como en este país no hay una ley que hable de canje, porque se trata de una lucha interna decimos que el Parlamento haga un estudio, un análisis para que apruebe una ley que se llamará de canje…”. 

 A través de la verificación y consolidación de las bases de datos y acervo documental de la Policía Nacional en coordinación con las Direcciones de Inteligencia Policial, Investigación Criminal e INTERPOL y Antisecuestro y Antiextorción  se constituyó un registro de 611 policías secuestrados, de los cuales 144  fueron antes de 1996, es decir el 76% de los secuestros de policías se presentaron después de 1996 cuando la guerrilla focalizó los plagios con fines políticos de canje, pero la inhumanidad de las FARC frente los secuestrados y las instrucciones impartidas en su momento por el  cabecilla Víctor Julio Suárez Rojas alias "Mono Jojoy",   relacionada con  asesinar a los uniformados ante posibles operaciones de rescate de la Fuerza Pública:

“… Ordené al 44 Frente por el intenso operativo que les tienen, que si no hay otra opción, den de baja los prisioneros pero que no los dejen sanos…”[3]. 

Pese al drama de los secuestrados y sus familias, la guerrilla de las FARC mantuvo por más de 12 años esta estrategia criminal, sin lograr los objetivos planteados, por lo cual generó que desde el año 2007 iniciaran un proceso de entregas unilaterales fragmentada, para ir obteniendo un manejo mediático de las liberaciones. Sin embargo, aún quedan muchas preguntas que la guerrilla debe resolver en un marco de justicia transicional y en especial de verdad y reparación a las víctimas, conocer la verdad sobre la situación de aquellos que no volvieron y los contextos de sistematicidad y medios de tortura usados contra los secuestrados en cautiverio.

 Lugares donde se focalizó el secuestro de Integrantes de la Policía Nacional en Colombia. 

 

Municipio

Departamento

Municipio

Departamento

Municipio

Departamento

Zaragoza

Antioquia

Orocué

Casanare

Colón (génova)

Nariño

Maceo

Antioquia

Villanueva

Casanare

Cumbitará

Nariño

Vegachí

Antioquia

Yopal

Casanare

Los Andes (Sotomayor)

Nariño

Puerto Berrío

Antioquia

Caloto

Cauca

Tumaco

Nariño

Yondó

Antioquia

Balboa

Cauca

Leiva

Nariño

Guadalupe

Antioquia

Popayán

Cauca

Pamplona

Norte de Santander

Anorí

Antioquia

Santander de Quilichao

Cauca

Tibú

Norte de Santander

Yalí

Antioquia

Patía (El Bordo)

Cauca

La Playa

Norte de Santander

Cañasgordas

Antioquia

El Tambo

Cauca

Sardinata

Norte de Santander

Frontino

Antioquia

Cajibío

Cauca

Salazar

Norte de Santander

Turbo

Antioquia

Timbío

Cauca

Cucutilla

Norte de Santander

Granada

Antioquia

Inzá

Cauca

Cúcuta

Norte de Santander

Remedios

Antioquia

Corinto

Cauca

El Zulia

Norte de Santander

San Carlos

Antioquia

Miranda

Cauca

Villagarzón

Putumayo

Sopetrán

Antioquia

Mercaderes

Cauca

Valle del Guamuez

Putumayo

Cocorná

Antioquia

Chiriguaná

Cesar

Puerto Asís

Putumayo

Concepción

Antioquia

La Jagua de Ibirico

Cesar

San Miguel

Putumayo

Entrerios

Antioquia

Curumaní

Cesar

Pueblo Rico

Risaralda

Nariño

Antioquia

Valledupar

Cesar

Guática

Risaralda

Necoclí

Antioquia

Becerril

Cesar

El Playón

Santander

San luis

Antioquia

Manaure Balcón Cesar

Cesar

La Belleza

Santander

Urrao

Antioquia

Riosucio

Chocó

San Vicente de Chucurí

Santander

Vigia del fuerte

Antioquia

Lloró

Chocó

Cimitarra

Santander

Alejandría

Antioquia

Alto Baudó (Pie de Pato)

Chocó

Piedecuesta

Santander

Medellín

Antioquia

Bajo Baudó (Pizarro)

Chocó

Suratá

Santander

Segovia

Antioquia

Atrato (yuto)

Chocó

Barrancabermeja

Santander

Sonsón

Antioquia

Anolaima

Cundinamarca

Sabana de Torres

Santander

Angostura

Antioquia

Cáqueza

Cundinamarca

San Andrés

Santander

Briceño

Antioquia

Bogotá

Cundinamarca

Cerrito

Santander

Caldas

Antioquia

Beltrán

Cundinamarca

Bucaramanga

Santander

Yolombó

Antioquia

Paratebueno

Cundinamarca

Puerto Wilches

Santander

Cáceres

Antioquia

Tibacuy

Cundinamarca

Matanza

Santander

Cravo Norte

Arauca

Miraflores

Guaviare

Guarandá

Sucre

Tame

Arauca

Acevedo

Huila

Ovejas

Sucre

Magangué

Bolívar

Algeciras

Huila

Planadas

Tolima

Achí

Bolívar

Isnos

Huila

Ibagué

Tolima

El Carmen de Bolívar

Bolívar

Timaná

Huila

Rovira

Tolima

Tiquisio

Bolívar

Villanueva

La Guajira

Armero (Guayabal)

Tolima

Socotá

Boyacá

Santa Marta

Magdalena

Líbano

Tolima

Tipacoque

Boyacá

Fundación

Magdalena

Casabianca

Tolima

El Espino

Boyacá

Ciénaga

Magdalena

Honda

Tolima

Tasco

Boyacá

El Castillo

Meta

Venadillo

Tolima

Chiscas

Boyacá

Granada (Met)

Meta

Alpujarra

Tolima

El Espino

Boyacá

Puerto Rico (Meta)

Meta

Mariquita

Tolima

Pensilvania

Caldas

Villavicencio

Meta

Lérida

Tolima

Manizales

Caldas

Policarpa

Nariño

Fresno

Tolima

Cartagena del Chairá

Caquetá

Ipiales

Nariño

Chaparral

Tolima

San Vicente del Caguán

Caquetá

Belén

Nariño

Palmira

Valle

Morelia

Caquetá

San Bernardo

Nariño

Tuluá

Valle

Puerto Rico

Caquetá

Buesaco

Nariño

Jamundí

Valle

El Paujil

Caquetá

Ricaurte

Nariño

Dagua

Valle

La Montañita

Caquetá

Pasto

Nariño

Cali

Valle

Valparaíso

Caquetá

Barbacoas

Nariño

Mitú

Vaupés

Curillo

Caquetá

Túquerres

Nariño

Cumaribo

Vichada

Albania

Caquetá

 

FuenteDirección de Inteligencia Policial – DIPOL 

 

Creación de los Grupo de Acción Unificada Para La Libertad Pesonal-Gaula-



La década de los noventa se caracterizó en Colombia, pero en especial en Antioquia, por el aumento de otros delitos como el secuestro y la extorsión. En respuesta, el gobierno nacional, en el marco de la política para contrarrestar todos los factores de violencia que afectaba el país, ordenó al Comandante General de las Fuerzas Militares, Director de la Policía Nacional y el Departamento Administrativo de Seguridad-DAS- la conformación conjunta de una Unidad especializada en la lucha contra el secuestro y la extorsión. Por eso el primer cuerpo para la defensa de la libertad personal fue el UNASE- Unidad Antiextorsión y Secuestro- fundado el 5 de noviembre de 1990 como una división de la Dirección de la Policía Judicial, operativamente todo el personal dependería del comandante del UNASE, quien era un oficial superior de la Policía, para la fecha el entonces Teniente Coronel Luis Alfredo Rodríguez Pérez.

Previamente en el mes de octubre de 1990 el Ministro de Defensa había ordenado la creación del grupo UNASE para atender las necesidades de Medellín y su Área Metropolitana, el 5 de noviembre inicia operaciones el primer grupo UNASE del país, integrado por sesenta hombres de las diferentes fuerzas. Su sede ha estado en diferentes sitios de la ciudad, inicialmente en las instalaciones de la SIJIN, posteriormente en el estadio Atanasio Girardot, por medidas de seguridad se tuvo que trasladar a unas instalaciones cedidas por el municipio en el sector de Barrio triste, hoy se encuentra en zona aledaña al zoológico de Santa Fé.

El Comando General de las Fuerzas Militares en coordinación con la Dirección General de la Policía y el DAS, mediante directivo operacional 300-07 del 4 de abril de 1991 Plan Antiextorsión y Secuestro dispone la creación de los UNASE en diferentes regiones del país, así: 1990 Medellín (como programa piloto), en 1991 urbanos de Bogotá y Cali, rurales de Aguachica, Montería, Popayán, Neiva, Valledupar y así sucesivamente hasta cubrir todo el país.  

Posteriormente y con el fin de dar facultades de Policía Judicial, mediante resolución 112 del 6 de agosto de 1992, son integradas las unidades especiales UNASE a la Fiscalía General de la Nacional. La Directiva presidencial 03 del 3 de mayo de 1994 sobre las responsabilidades del estado en el desarrollo de la estrategia nacional contra la violencia establece que el Ministerio de Defensa nacional en coordinación  la Fiscalía General de la Nación, Ministerio de Justicia y demás entidades pertinentes deberán continuar con la organización y entrenamiento de las unidades antiextorsión y secuestro UNASE.

Luego mediante decreto ley 282 del 6 de junio de 1996, en su artículo 4 se crea los Grupos de Accion Unificada para la Libertad Personal-GAULA- cada uno conformado con el personal y los recursos señalados mediante resolución del director del programa para la defensa de la libertad personal, los cuales deberán ser aportados por la Fiscalía, y las Fuerzas del Estado que conforman el grupo. Mediante esa misma resolución en el decreto 1º se creó el Consejo Nacional de la Lucha contra el secuestro y demás atentados contra la libertad personal-CONASE- como órgano asesor, consultivo y de coordinación de la lucha frente a los delitos que atentan contra la libertad personal.

Durante la existencia del GAULA en la ciudad de Medellín ha contribuido al desarrollo social, cultural y de convivencia del Área Metropolitana, a través de programas educativos ha generado una cultura de la solidaridad, apoyo y prevención, llegando a todos los sectores: industrial, comercial, educativo, transporte, además ha trabajado en la cultura de la denuncia para la convivencia ciudadana.

Por la efectividad mostrada en el rescate de ciudadanos secuestrados, la aprehensión de plagiarios y extorsionistas, el personal que allí opera ha recibido múltiples menciones y reconocimientos

 

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[1] Donald Cooper, estadounidense secuestrado por el M-19 quien era el gerente general de Almacenes Sears en Colombia.

[2] El pleno en las FARC es la instancia de decisión que integra al secretariado y la mayoría de miembros del estado mayor central, cuando no están dadas las condiciones para realizar una conferencia guerrillera, la cual es la máxima instancia de decisión en el grupo guerrillero.

[3] Aparte de documentos internos del Secretariado hallado en dispositivos técnicos incautados a las FARC en la operación Sodoma en septiembre de 2010.